Sin libertad y…¿sin derechos?
Filed under violencia contra la mujer by Mabel Barreto on 21:04
La última entrega de IDL Reporteros nos hace llegar información de lo ocurrido al interior del Penal de Mujeres de Chorrillos la noche del 24 de junio pasado, cuando se efectuó una requisa en los pabellones de las internas.
Según la información emitida esa misma noche en algunos canales de televisión, durante la requisa se incautó “material subversivo” en poder de las reclusas senderistas, mencionándose especialmente a Maritza Garrido Lecca.
Lo que no se dijo, nos informa ahora Paola Ugaz, es que durante el operativo, y aún con presencia de fiscales en las celdas, “se hurgó la vagina de más de una docena de reclusas senderistas y comunes en condiciones inequívocamente vejatorias”.
Los gritos que entonces lanzaron las reclusas adquieren, a la luz de este reportaje, su sentido exacto: “no a las revisiones humillantes y vejatorias”, “no nos van a meter la mano las enfermeras acá”.
Según el relato de Garrido Lecca que recoge IDL Reporteros, “…Fui la primera interna a la que se le hizo este tipo de revisión, dice Maritza Garrido Lecca, “y lo increíble es que al quejarme ante la fiscal me ignoró y le dijo al personal del Inpe-Goes: Actúe, actúe, actúe”.
Garrido Lecca sostiene que fue hurgada internamente tres veces sin los cuidados correspondientes y frente a policías de sexo masculino ubicados en las rejas de su celda.”
El relato de lo ocurrido precisa, además, las condiciones en que esta revisión física absolutamente vejatoria se practicó esa noche: sin presencia de una médico legista y ante la vista y paciencia de policías hombres.
La ex bailarina no fue la única sometida a las revisiones:
“Otra reclusa, Edith Espinoza Montano -una interna senderista del ala B, sostuvo que funcionarios de penales de ambos sexos la desnudaron a viva fuerza y le “revisaron” la vagina ante una fiscal, que instaba a actuar al personal de penales.
En el tercer piso, hurgaron la vagina de varias otras detenidas –coincidentemente entre las más jóvenes–. Tanto Maruja Arango Chávez, Miriam Espino Salinas, Yohany Espinoza Vinces, Carolina Córdoba Alzamora, Marisol Venturo Ríos como Sara Vallejo Vásquez, sostienen haber pasado por ese trance.
Pero no solo se revisó a las senderistas. Pasada la medianoche, el personal del Inpe revisó a varias de las reclusas comunes del segundo y el primer piso.”
A quienes piensen que el hecho de ser presas, y no sólo presas comunes, sino terroristas juzgadas y condenadas por los delitos cometidos, justifica cualquier acción de castigo o humillación durante su estancia penitenciaria hay que recordarles que no por estar privadas de su libertad tienen extinguidos sus derechos.
Y en este caso, es claro que se violaron su derecho a la dignidad y a la integridad física. Que sean senderistas o presas comunes, que estén en prisión purgando penas por haber cometido delitos, no implica una suspensión de sus derechos fundamentales.
En marzo de 2008 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos emitió una resolución sobre “Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas”. En ella se sugiere que “…los registros corporales a las personas privadas de libertad y a los visitantes de los lugares de privación de libertad se practicarán en condiciones sanitarias adecuadas, por personal calificado del mismo sexo, y deberán ser compatibles con la dignidad humana y con el respeto a los derechos fundamentales. Para ello, los Estados Miembros utilizarán medios alternativos que tomen en consideración procedimientos y equipo tecnológico u otros métodos apropiados”.
Entrevistado por Paola Ugaz, Wilfredo Pedraza, ex director del Instituto Nacional Penitenciario (INPE) señala que las revisiones vaginales a las internas sólo deben darse bajo estos tres supuestos: sólo si existiese sospecha razonable (de esconder objetos en la vagina), la revisión debe practicarla personal médico y éste debe ser del mismo sexo, es decir, mujer.
Pero agrega una frase: “Los registros intrusivos vaginales y anales serán prohibidos por la ley”.
Escribir esto no significa redimir los actos terroristas cometidos por Garrido Lecca y otras senderistas, ni los delitos de las internas comunes. Ellas ya están siendo castigadas al no tener libertad. Pero no tener libertad no es igual a no tener derechos. Estar en la cárcel no las priva de éstos. Y los funcionarios no pueden pretender, en ningún caso, que una o varias humillaciones devolverá “el principio de autoridad” a un penal.
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